El Tribunal Supremo ha establecido que CORRESPONDE A LAS ENTIDADES BANCARIAS EL PAGO DE LOS GASTOS DE LAS HIPOTECAS celebradas antes de junio 2019. No importa la antigüedad de la hipoteca o si se ha pagado completamente o subrogado.
Nosotros te los RECLAMAMOS SIN COSTE INICIAL por vía extrajudicial y vía judicial. Solo te cobramos un porcentaje al conseguir el pago de los gastos.
Gasto | Pagador |
Gastos de Notaría correspondientes a la escritura de préstamo hipotecario | 50% banco 50% hipotecado |
Gastos de Tasación de la vivienda | El 100% tiene que pagarlo el banco |
Factura del Registro de la Propiedad por la inscripción de la hipoteca | |
Gastos de Gestoría |
EJEMPLO | Notaría | Tasación | Registro de la propiedad | Gestoría |
|
% | 50% | 100% | |||
Gastos | 1.000 € | 400 € | 200 € | 300 € | |
A devolver | 500 € | 400 € | 200 € | 300 € | 1.400 € |
Además, la jurisprudencia más reciente indica que las costas del procedimiento deberán ser pagadas por el Banco, independientemente de que se haya pagado con carácter previo a la Sentencia, o incluso a la presentación de la demanda.
Envíanos la siguiente documentación:
· Copia de la escritura de la hipoteca.
· Factura de la notaría y del registro de la propiedad.
· Factura de la tasación y de gestora.
· Si has tenido un descubierto en el pago de la hipoteca, copia de los intereses y gastos del descubierto.
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